Ya vienen los exámenes parciales, los cuales
se realizarán a partir del lunes 17 de septiembre, hasta el sábado 22.
Ten en cuenta las siguientes recomendaciones para que evites inconvenientes al
momento de presentar tu examen parcial, como, por ejemplo, que las incompatibilidades se reportan del 10 al 13 de septiembre y los supletorios hasta 3 días
después del examen.
Se informa a
los estudiantes de la Facultad de Comunicación de los cuatro Programas
Académicos:Comunicación y Relaciones Corporativas, Comunicación Gráfica
Publicitaria, Comunicación y Lenguajes Audiovisuales, y Comunicación y
Entretenimiento Digital, las siguientes directrices para la realización de los
exámenes finales del período académico 2018-2, que se realizarán entre el lunes
17 y el sábado 22 de septiembre.
Prueba
Supletoria. Reglamento estudiantil, capítulo 10, artículo 83.
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https://www.malagahoy.es/malaga/Selectividad-tropiezan -Matematicas-Lengua-Ingles_0_626937736.html |
Artículo 83.
Prueba Supletoria. Cuando un estudiante
no pueda presentar una prueba parcial o final, en la fecha y hora señaladas,
será calificado con cero (0), salvo que exista justa causa calificada por el
Decano, Jefe de Programa o Jefe de Departamento. Admitida tal circunstancia, la
prueba podrá presentarse en calidad de supletorio.
Si la causa
invocada por el estudiante fuere enfermedad, ésta solo podrá acreditarse con
certificado expedido o refrendado por el grupo de salud de la Universidad.
Dicho certificado deberá presentarse al Decano, Jefe de Programa o Jefe de
Departamento, dentro de los tres días hábiles siguientes al cese de la
incapacidad.
Cuidado con las excusas.
Importante anotar que no se considerará causa justa:
- 1. Llegar tarde u olvidar al examen
- 2. Confundir la hora programada del examen o el aula de clase
- 3. No haber revisado la programación de exámenes en cartelera o correo
electrónico.
Se considera causa válida justificada:
Enfermedad certificada por la EPS y con sello del médico de la
Universidad
- Calamidad doméstica certificada en primero y segundo grado de
consanguinidad (muerte de familiares como padres, hijos, hermanos,
abuelos con partida de defunción)
- Viajes laborales o académicos que
puedan certificarse (en papel membrete original). Estos solo se autorizarán
previa solicitud por escrito al respectivo Jefe de Programa antes del
examen.
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