Cortesía Diego Arango |
El foro se desarrolló en el Auditorio Bloque Administrativo Héctor Ospina Botero, en dos momentos:
1. De
10:00 a.m a 11:00 a.m. Conferencia central "legislación y libertad de
expresión en los medios digitales" con el abogado, Julián Andrés Palacio
Olayo, consultor en legislación de marca, relaciones públicas y
análisis de riesgos legales.
2. Panel sobre la libertad de expresión con profesionales de la comunicación.
Cortesía Leonardo Estrada |
El expositor planteó algunas
diferenciaciones que se deben tener en cuenta y que generalmente han
sido confundidas por la sociedad actual: en el caso de la discriminación
por motivos de género, de baja estratificación de la vivienda, de
características físicas y otras clasificaciones personales que se pueden
hacer en cualquier tipo de situación, como en la contratación de un
empleo por ejemplo.
Esta situación origina un trato diferencial o inferior a personas con diferencias físicas, sociales, económicas, que no debe de confundirse con el bulliyng, el cual es considerado un acoso o práctica de actos violentos repetidos contra una persona. Pues no todo es bullying", afirmó Palacio Olayo.
Con la anterior diferenciación de conceptos, el conferencista explicó que por ningún motivo se deben hacer expresiones indecorosas o actos de bullying hacia los niños, por ejemplo, porque es prohibido ante la ley, pues le asiste un derecho especial respecto a los otros derechos).
El abogado y especialista destacó que más que tener en cuenta las implicaciones jurídicas por una expresión indebida en la redes, debe de tenerse en cuenta las implicaciones sociales de la misma.
Algunas de las conclusiones de la charla fueron:
Esta situación origina un trato diferencial o inferior a personas con diferencias físicas, sociales, económicas, que no debe de confundirse con el bulliyng, el cual es considerado un acoso o práctica de actos violentos repetidos contra una persona. Pues no todo es bullying", afirmó Palacio Olayo.
Con la anterior diferenciación de conceptos, el conferencista explicó que por ningún motivo se deben hacer expresiones indecorosas o actos de bullying hacia los niños, por ejemplo, porque es prohibido ante la ley, pues le asiste un derecho especial respecto a los otros derechos).
El abogado y especialista destacó que más que tener en cuenta las implicaciones jurídicas por una expresión indebida en la redes, debe de tenerse en cuenta las implicaciones sociales de la misma.
Algunas de las conclusiones de la charla fueron:
- "La libertad de expresión debe ser analizada siempre en un contexto histórico, político, geográfico y subjetivo".
- "No existe libertad de expresión ilimitada".
- "El uso de la libertad, incluso la de expresión, requiere responsabilidad como premisa básica de la democracia actual y el respeto por la dignidad humana".
El panel
Al final se llevó a cabo el panel con la participación de los profesores de la Facultad, Leonardo Estrada Uribe y Nicolás Herrera, como moderadores, y la presencia de la Comunicadora de la Corporaciòn Región y Maestranda en Comunicación digital, Jenny Giraldo y los periodistas, Catherine Granados, de Televida y el Editor Jefe del periódico Q Hubo, Luis Rodrigo Morales, quienes expusieron algunas experiencias de de limitación de la libertad de expresión y solucionaron dudas a los asistentes .
Cortesía Diego Arango |
Algunas de las experiencias señaladas tienen que ver con asociar la expresión de la individualidad en las redes con la organización a la que se pertenece. También se habló de la autocensura como consecuencia de la posición gobiernista de los medios de comunicación o por factores de seguridad.
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